La tarjeta comunitaria o tarjeta de residencia comunitaria es un documento que permite a un familiar de un residente español o ciudadano comunitario poder permanecer en nuestro país durante más de tres meses. Las personas que no posean la nacionalidad de uno de los estados miembros de la Unión Europea que planeen residir en España por un tiempo superior a este periodo estarán obligados a solicitar la tarjeta comunitaria.
La tarjeta comunitaria puede ser solicitada únicamente por los familiares de un ciudadano español o que resida en uno de los países miembros de la UE. En caso de entre ambos exista un vínculo se solicitará la tarjeta comunitaria de matrimonio. Para ello, deberán acreditar que están casados o registrados como pareja de hecho.
Otros familiares como los hijos, padres, suegros y otros miembros de la familia, en los casos en los que vayan a residir en España para encargarse de los cuidados personales del residente por enfermedad grave o discapacidad estarán en disposición de solicitar la tarjeta comunitaria para poder permanecer por un tiempo superior a 3 meses en nuestro país.
El NIE (número de identidad del extranjero) es un número que se otorga a efectos de identificación para las personas extranjeras que necesiten contar con un número que les identifique, bien porque se les ha abierto un procedimiento administrativo y necesitan este número para la tramitación de documentos o bien porque la persona a la que debemos identificar posee unos intereses económicos, profesionales o sociales con nuestro país que requieran la expedición de un NIE. Sin embargo, poseer un NIE no hace que la persona que posea este documento esté autorizada para residir en España.
Por otro lado, con la obtención de la tarjeta comunitaria o también conocida como TIE (Tarjeta de Identificación de Extranjero), este documento ayuda a que la persona interesada pueda acreditar que está autorizado para permanecer en nuestro país por un largo periodo de tiempo.
Para la obtención de la tarjeta comunitaria es indispensable que el solicitante acompañe o se reúna con el familiar residente en España, para poder asegurar su residencia en nuestro país. Debe tener un trabajo por cuenta propia o ajena o ser estudiante en el momento de la solicitud y contar con un seguro de enfermedad, además de poseer medios económicos suficientes para subsistir.
En el caso de que la persona que vaya a venir a nuestro país sea un estudiante, podrán residir en nuestro país en los siguientes supuestos:
En el caso de ser un trabajador por cuenta propia o ajena, habrá que considerar estos puntos:
Para solicitar la tarjeta comunitaria, el interesado, si cumple con los requisitos anteriormente nombrados, deberá solicitarla personalmente en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía del lugar donde vaya a residir.
Para solicitar este documento debe hacerse dentro de un plazo que no supere los tres meses desde la llegada a España del solicitante de la tarjeta comunitaria. Después de que se haya aceptado la solicitud y se hayan abonado las tasas necesarias el solicitante recibirá el documento en un plazo de tres meses.
La tarjeta comunitaria tiene una validez de 5 años desde el momento en el que es expedida. En los casos en los que se prevea un periodo de residencia inferior a los 5 años, la validez de la tarjeta se adecuará a este periodo.
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