¿Qué es la tarjeta comunitaria y como se solicita?

La tarjeta comunitaria o tarjeta de residencia comunitaria es un documento que permite a un familiar de un residente español o ciudadano comunitario poder permanecer en nuestro país durante más de tres meses. Las personas que no posean la nacionalidad de uno de los estados miembros de la Unión Europea que planeen residir en España por un tiempo superior a este periodo estarán obligados a solicitar la tarjeta comunitaria.



¿Quién puede solicitar la tarjeta comunitaria?

La tarjeta comunitaria puede ser solicitada únicamente por los familiares de un ciudadano español o que resida en uno de los países miembros de la UE. En caso de entre ambos exista un vínculo se solicitará la tarjeta comunitaria de matrimonio. Para ello, deberán acreditar que están casados o registrados como pareja de hecho.

Otros familiares como los hijos, padres, suegros y otros miembros de la familia, en los casos en los que vayan a residir en España para encargarse de los cuidados personales del residente por enfermedad grave o discapacidad estarán en disposición de solicitar la tarjeta comunitaria para poder permanecer por un tiempo superior a 3 meses en nuestro país.



¿Cuál es la diferencia entre NIE y tarjeta comunitaria?

El NIE (número de identidad del extranjero) es un número que se otorga a efectos de identificación para las personas extranjeras que necesiten contar con un número que les identifique, bien porque se les ha abierto un procedimiento administrativo y necesitan este número para la tramitación de documentos o bien porque la persona a la que debemos identificar posee unos intereses económicos, profesionales o sociales con nuestro país que requieran la expedición de un NIE. Sin embargo, poseer un NIE no hace que la persona que posea este documento esté autorizada para residir en España.

Por otro lado, con la obtención de la tarjeta comunitaria o también conocida como TIE (Tarjeta de Identificación de Extranjero), este documento ayuda a que la persona interesada pueda acreditar que está autorizado para permanecer en nuestro país por un largo periodo de tiempo.



Requisitos para solicitar la tarjeta comunitaria

Para la obtención de la tarjeta comunitaria es indispensable que el solicitante acompañe o se reúna con el familiar residente en España, para poder asegurar su residencia en nuestro país. Debe tener un trabajo por cuenta propia o ajena o ser estudiante en el momento de la solicitud y contar con un seguro de enfermedad, además de poseer medios económicos suficientes para subsistir.

En el caso de que la persona que vaya a venir a nuestro país sea un estudiante, podrán residir en nuestro país en los siguientes supuestos:

  • En el caso de que ambas partes estén casadas o registradas como pareja de hecho. También podrán solicitarlo las parejas de hecho que no estén inscritas como tal en el Registro Civil pero que tengan una relación estable debidamente probada acreditando la existencia de un vínculo duradero, es decir, que deberán probar que han convivido de forma marital durante al menos un año de forma continua. En el caso de tener hijos en común bastará con acreditar la situación de convivencia estable.
  • Si el solicitante de la tarjeta ciudadana es hijo del ciudadano residente en España o en la UE o bien de su cónyuge o pareja registrada. En este último caso podrán solicitarlo tanto los menores de 21 años como los mayores de esta edad que vivan a cargo del ciudadano residente o sean incapaces.
  • Si es un miembro de su familia que en el país de procedencia esté a cargo o conviva con el ciudadano residente en España o UE. Se entenderá como acreditada la convivencia si se demuestra que han tenido una convivencia continuada de 2 años en su país de origen.
  • Miembros de la familia que por motivos graves de salud o discapacidad necesiten que el familiar residente en España o en la UE se ocupen de sus cuidados personales.




En el caso de ser un trabajador por cuenta propia o ajena, habrá que considerar estos puntos:

  • Ser cónyuge del residente en la UE.
  • Ser pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal –pareja de hecho-, inscrita en un registro público de un Estado miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo.
  • Hijo directo del ciudadano residente o de su cónyuge o pareja de hecho, siempre que no haya finalizado su vínculo matrimonial o como pareja registrada, que tenga menos de 21 años o más de 21 que viva a su cargo o sea incapaz.
  • Ascendiente directo del ciudadano residente o de su cónyuge o pareja de hecho, siempre que no haya finalizado el vínculo entre ellos.
  • Miembros de la familia que en el país de procedencia estén a cargo del ciudadano residente, o que convivan con él demostrando las pruebas que acrediten una convivencia continuada de al menos 2 años.
  • Miembros de la familia que por motivos graves de salud o discapacidad necesiten recibir cuidados personales por parte del ciudadano residente.
  • Parejas de hecho no inscritas que mantengan una relación estable y que se pueda acreditar la existencia de un vínculo duradero, con un tiempo de convivencia marital de al menos un año continuado. Si tuvieran hijos en común, bastaría con acreditar la situación de convivencia estable.



¿Cómo se solicita la tarjeta comunitaria?

Para solicitar la tarjeta comunitaria, el interesado, si cumple con los requisitos anteriormente nombrados, deberá solicitarla personalmente en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía del lugar donde vaya a residir.

Para solicitar este documento debe hacerse dentro de un plazo que no supere los tres meses desde la llegada a España del solicitante de la tarjeta comunitaria. Después de que se haya aceptado la solicitud y se hayan abonado las tasas necesarias el solicitante recibirá el documento en un plazo de tres meses.



¿Cuándo hay que renovar la tarjeta comunitaria?

La tarjeta comunitaria tiene una validez de 5 años desde el momento en el que es expedida. En los casos en los que se prevea un periodo de residencia inferior a los 5 años, la validez de la tarjeta se adecuará a este periodo.


¿Necesita ayuda con la solicitud o renovación de su tarjeta comunitaria? En Abogado Extranjería Alicante le asesoraremos sobre todos los trámites a realizar para obtener su permiso de residencia en España. Contacte ahora con nosotros y solicite más información sobre nuestros servicios. Estaremos encantados de ayudarle.

INFORMACIÓN Y PRESUPUESTO ON-LINE