Arraigo Familiar: Si se es padre o madre de un menor nacido en España, tendrá derecho a la obtención de este tipo de permiso de residencia y trabajo temporal, por un año. Simplemente tendrá que acreditar la condición de progenitor de nacional español y carecer de antecedentes penales. A la hora de la renovación deberá demostrar que ha cotizado el tiempo legalmente exigido.
Arraigo Laboral: Para la obtención de este tipo de permiso de residencia es necesario acreditar:
Desgraciadamente, hoy en día es bastante común que extranjeros que viven en España de forma irregular trabajen sin estar dados de alta y sin permiso de residencia (empleadas de hogar, hostelería, construcción, etc.) y que en un momento dado sean despedidos. Pero no se deje engañar, no es verdad que no tiene ningún tipo de derechos, así que contacte con nuestros abogados para ponernos al corriente de su situación, y buscaremos la manera de ayudarle.
Es fundamental que deje su situación es manos de profesionales del derecho, y en especial, la extranjería. Visite nuestro despacho en Alicante, no le defraudaremos.