El arraigo

El arraigo es el modo más habitual de regularizar la situación administrativa de un extranjero en España. ¿Qué tipos de arraigo existen?

Arraigo social: Los requisitos fundamentales para la obtención de este tipo de permiso de residencia y trabajo son:

  • Acreditar una estancia continuada en España de 3 años,
  • Carecer de antecedentes penales,
  • Acreditar integración en la sociedad (informe de inserción social)
  • Y contar con un contrato de trabajo, acreditando que el empleador dispone de medios materiales económicos y personales suficientes como para garantizar el puesto de trabajo.

Arraigo Familiar: Si se es padre o madre de un menor nacido en España, tendrá derecho a la obtención de este tipo de permiso de residencia y trabajo temporal, por un año. Simplemente tendrá que acreditar la condición de progenitor de nacional español y carecer de antecedentes penales. A la hora de la renovación deberá demostrar que ha cotizado el tiempo legalmente exigido.

Arraigo Laboral: Para la obtención de este tipo de permiso de residencia es necesario acreditar:

  • Estancia continuada en España de dos años,
  • Carecer de antecedentes penales,
  • Acreditar la existencia de relación laboral durante un mínimo de 6 meses, mediante acta de inspección de trabajo, sentencia de los Juzgado de lo social o acuerdo judicial donde se reconozca por el empleador la relación laboral.


Desgraciadamente, hoy en día es bastante común que extranjeros que viven en España de forma irregular trabajen sin estar dados de alta y sin permiso de residencia (empleadas de hogar, hostelería, construcción, etc.) y que en un momento dado sean despedidos. Pero no se deje engañar, no es verdad que no tiene ningún tipo de derechos, así que contacte con nuestros abogados para ponernos al corriente de su situación, y buscaremos la manera de ayudarle.

Es fundamental que deje su situación es manos de profesionales del derecho, y en especial, la extranjería. Visite nuestro despacho en Alicante, no le defraudaremos.

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